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Fiscal anticorrupción exoneró a Jorge Winckler del delito de tortura

  • Carlos Caiceros
El titular de la Fiscalía confirmó que la denuncia penal en su contra fue desechada por el fiscal anticorrupción, Marcos Even

Xalapa, Ver.-Fue el propio fiscal anticorrupción, Marcos Even Torres Zamudio, quien exoneró al fiscal general del Estado, Jorge Winckler Ortiz.

Esto por la denuncia que presentó en su contra el ex director de los servicios Periciales, Gilberto Aguirre Garza, acusándolo del delito de tortura, entre otros.

Lo anterior lo confirmó el fiscal general y su abogado, Moisés Melhem Marcos, quienes señalaron que a la par de la denuncia de juicio político se presentó una de tipo penal en la que Even Zamudio determinó no ejercer acción penal en contra del titular del organismo.

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Gilberto Aguirre, acusado de participar en la desaparición forzada de personas, denunció ante el organismo, al fiscal y sus colaboradores, por los delitos de tortura, asociación delictuosa, abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal, falsas denuncias y simulación de pruebas en contra de la administración de justicia.

Pese a que el abogado de Gilberto Aguirre, Jorge Reyes Peralta, calificó este hecho como “la prueba de oro” para que proceda el juicio político en contra de Winckler Ortiz, por su parte el fiscal consideró que le permitirá continuar en el cargo.

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Moisés Melhem Marcos argumentó que se trata de “una interpretación totalmente opuesta”, ya que la carpeta de investigación fue resuelta por el fiscal anticorrupción Marcos Even Torres Zamudio quien valoró los elementos presentados por Reyes Peralta en representación de su cliente y los desechó.

Por su parte, Winckler Ortiz planteó que confía en los diputados, ya que se trata de un tema “de sentido común” y no de una cuestión técnica, puesto que los datos de prueba que presentaron demuestran que los mismo que se alega ante el Congreso ya fue analizado y resuelto por el fiscal anticorrupción.

“Ya se resolvió que no hay ninguna tortura, ningún hecho ilícito; se ofertó como prueba certificada y cotejada. La contraparte la hizo suya aceptando que la Comisión Instructora la valore, lo que tiene como beneficio que la comisión Instructora debe de considerarlo como medio de prueba”.

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