• Estado

Más de 5 mil agentes y sub agentes pueden reclamar sueldos

  • Carlos Caiceros
El TEV señaló que los 212 ayuntamientos deben de comenzar a apartar recursos para el pago de sus agentes

Xalapa, Ver.-El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) recomendó a los 212 ayuntamientos de la entidad hacer sus previsiones presupuestales para asignar una remuneración a sus agentes y subagentes municipales para los próximos años, pues es probable que la mayoría comiencen a reclamarlas.

Esto luego de que este año la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación les reconoció el carácter de servidores públicos en la Ley Orgánica del Municipio Libre, lo que significa que tienen derecho a un pago que cada administración municipal deberá definir.

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En ese sentido, el magistrado del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Roberto Eduardo Sigala Aguilar, expuso que en Veracruz más de 5 mil agentes y subagentes podrían comenzar a reclamar ante el TEV que los ayuntamientos les den una compensación por sus servicios.

Refirió que incluso el TEV recientemente ordenó al ayuntamiento de Emiliano Zapata modificar el presupuesto de egresos 2019 y fijar los pagos que corresponderán a algunos de sus agentes municipales, quienes iniciaron un procedimiento ante el Tribunal con ese fin.

“Yo creo que al irse enterando los demás agentes municipales de otros lugares que ya se resolvió de esta manera no dudo en que van a ir al Tribunal Electoral y recordemos que son más de 5 mil agentes y subagentes municipales”, advirtió.

Cabe señalar que en el caso de Emiliano Zapata el Tribunal determinó que, de conformidad con la Constitución Federal y Local, todo servidor Público tiene derecho a recibir una remuneración irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión.

“Anteriormente solo algunos ayuntamientos pagaban sueldo a los agentes y subagentes municipales, pero ya la Sala Superior determinó que al ser funcionarios públicos y servidores sí tienen Derecho a recibir este sueldo todos”, explicó.

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Por lo anterior recomendó a los presidentes y cabildos municipales tener en cuenta este asunto para sus presupuestos de 2019 y en adelante, ya que se trata de un Derecho aunque todavía no se define el monto de la remuneración.

“Es facultad del ayuntamiento designarlo conforme a su presupuesto, ellos son autónomos y lo deben de definir”.

Hay que recordar que la Constitución local establece que las congregaciones estarán a cargo de un agente municipal y, dependiendo de su demarcación territorial y de los centros de población que comprenda, contarán con uno o más subagentes municipales.

Por su parte, el artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre señala que sirven como auxiliares de los Ayuntamientos y en su artículo 62 dicha legislación marca que cuidarán la observancia de las leyes y reglamentos aplicables en el lugar de su residencia, y tomarán las medidas que se requieran para mantener la tranquilidad y seguridad de los habitantes de las congregaciones y rancherías.

Según la Ley por esta razón están obligados a dar aviso inmediato al Ayuntamiento de cualquier alteración en el orden público y de las medidas que hayan tomado para corregirlas; así como a fungir como Auxiliar del Ministerio Público, entre otras encomiendas.

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