- Nación
Diputados quitan fuero al presidente y servidores públicos
La Cámara de Diputados aprobó en lo general con 469 votos a favor la eliminación del fuero a servidores públicos, incluido al presidente de la república, con lo cual de incurrir en algún delito podrán ser sometidos a juicio sin que para ello intervenga el Poder Legislativo.
Esta reforma a los artículos 38, 61, 74, 108, 111 y 112 de la Constitución establece que el presidente de la república, diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados del poder judicial de la Federación, el Fiscal General de la República, los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) , gobernadores y jefe de gobierno de la Ciudad de México podrán ser privados de su libertad cuando exista una sentencia condenatoria en su contra.
[relativa1]
En este caso, un juez deberá comunicar el retiro de inmunidad al servidor público en cuestión, tras lo cual se declarará el cese de sus funciones. Es decir, ya no será la Cámara de Diputados el órgano donde se discuta y resuelva sobre el retiro del fuero.
Tratándose de los mandatarios estatales, si se llegara a dictar sentencia condenatoria en su contra, el juez informará al Congreso del estado que se trate sobre el retiro de inmunidad y separación del cargo para continuar con el proceso penal.
El texto del proyecto, que tras su aprobación fue enviado al Senado, además señala que las penas contra servidores públicos cuando cometan un delito por beneficio económico o generen daño patrimonial deberán graduarse de acuerdo con el lucro obtenido.
[relativa2]
También se establece que cuando el servidor público cometa un delito durante el ejercicio en el cargo, no se le podrá conceder indulto o perdón.
Por otra parte, se puntualizó que las sentencias del orden civil y sanciones administrativas se aplicarán sin el retiro de la inmunidad.
Hasta este momento los diputados discuten reservas a los artículos 38, 111 y 112 que serán discutidos y votados por separado en caso de que se autoricen modificaciones respecto del dictamen original.
[relativa3]