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Javier Duarte: los 10 puntos clave de su polémica sentencia

  • Miguel Ángel León Carmona
E-Consulta Veracruz te comparte los datos más relevantes de lo sucedido en la audiencia intermedia de Javier Duarte

E-Consulta Veracruz te comparte 10 puntos clave para entender qué sucedió en la audiencia intermedia del exgobernador Javier Duarte de Ochoa, preso por el desvío de mil 650 millones de pesos, recursos públicos, y que le valió una sentencia de apenas 9 años de prisión.

¿Qué debes saber sobre el caso?:

1.- El exgobernador de Veracruz Javier Duarte, acordó con la Procuraduría General de la República (PGR) declararse culpable ante un juez de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) y asociación delictuosa a cambio de ver reducida su pena que pasó de los 24 años a los 9 años de prisión.

2.- Lo anterior, se logró mediante un juicio abreviado que solicitó la PGR durante la audiencia intermedia celebrada este 26 de septiembre en las instalaciones del Poder Judicial Federal del Reclusorio Norte, en la Ciudad de México.

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3.- A través del procedimiento abreviado, se concluyó el proceso penal contra Javier Duarte antes de que se efectuara la audiencia de Juicio Oral. En consecuencia, el juez sentenció con nueve años de prisión al exmandatario; además de ordenar el decomiso de 40 bienes inmuebles ligados a prestanombres y la exhibición de una garantía económica de 58 mil 890 pesos, menos de lo que Duarte ganó al mes como gobernador de Veracruz.

4.- Aunque el pasado 21 de agosto, Martha Estela Ramos Castillo, fiscal federal de la PGR, pidió 25 años de prisión para Duarte, que garantizaba un castigo ejemplar para la no repetición, este 26 de septiembre el juez decidió no inhabilitar a Duarte como servidor público ni exigirle la reparación del daño.

5.- A los nueve años de prisión que Duarte de Ochoa recibió como sentencia, habrán de descontarle 1 año y cinco meses, pues la condena contempla desde el día de su detención el 15 de abril de 2017, en el municipio de Panajachel, en la República de Guatemala.

6.- Lo anterior, habría sido el resultado de un acuerdo entre los abogados de Duarte y la PGR desde el 17 de septiembre de este año, pues según el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), en su artículo 201, para la solicitud del juicio abreviado debió existir un acuerdo entre la Fiscalía (PGR), la víctima (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) y el acusado (Duarte).

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7.- Al término de la audiencia, el abogado de Duarte Ricardo Antonio Sánchez Reyes Retana advirtió que buscará la posibilidad de que esta se reduzca aún más -hasta un 50 por ciento- toda vez que aseguran, no existen pruebas de los delitos que se le imputan a Duarte de Ochoa. Además, Duarte según juristas, podría salir de prisión antes de los nueve años, derivado de su buen comportamiento como convicto y la realización de servicio comunitario.

8.- Ante la polémica sentencia contra Duarte, sale a relucir el anuncio del gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares quien durante las elecciones de 2018 presumió una orden de aprehensión contra el expriísta por el delito de desaparición forzada de personas, misma que a la fecha no ha prosperado.

9.- El 22 de agosto de 2018, Yunes reconoció que la Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó a destiempo una orden de aprehensión al gobierno de la República de Guatemala, por desaparición forzada antes de que fuera extraditado, en julio de 2017.  Según Yunes, la FGE está en espera de que PGR -a través de la Cancillería- solicite al gobierno de Guatemala un trámite de excepción.

10.- El abogado penalista, Celestino Espinoza Rivera, refirió a E-Consulta Veracruz que la regla de especialidad del convenio de extradición México-Guatemala, señala que la persona extraditada -Javier Duarte- para fines de seguir un proceso en su contra en su país natal, únicamente podrá ser juzgada por los delitos expresamente señalados en la solicitud de extradición. Además, dijo, ·resulta imposible jurídicamente realizar un "trámite de excepción" ya que los tratados internacionales requieren para su modificación llevar el mismo trámite que para su firma, es decir la aprobación de los órganos legislativos que los autorizaron".

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