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Por huachicol, sentencian a presunto feminicida de Mara Castilla

  • E-consulta Veracruz
La sentencia fue emitida en mayo, cuando ya estaba preso por su presunta participación en el feminicidio de la joven

En mayo de este año, un juez federal dictó sentencia condenatoria en contra de Ricardo Alexis D., presunto feminicida de Mara Fernanda Castilla Miranda, pero por delitos en materia de hidrocarburo que cometió en marzo del 2017, antes de empezar a laborar para la empresa Cabify.

Así lo reveló el agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado durante la audiencia realizada este martes y en la que se le ratificó la vinculación a proceso de Ricardo Alexis por el delito de privación ilegal de la libertad, además de que se le modificó la medida cautelar de prisión preventiva, para ser de carácter necesaria y no oficiosa.

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Fue justamente para justificar la solicitud de que a Ricardo Alexis se le debía imponerse dicha medida cautelar, que el MP señaló que el 21 de mayo de este año, un juez federal dictó sentencia mediante un procedimiento abreviado en su contra por el delito de posesión ilícita de hidrocarburo.

El MP de la Fiscalía detalló que la sentencia fue emitida con base en los datos generados a través de la carpeta de investigación 233/2017, iniciada el 22 de marzo de 2017 y en la que se le dictó una vinculación a proceso a Ricardo Alexis el día 25 del mismo mes.

El funcionario abundó que en septiembre se le otorgó la suspensión condicional del proceso, pero en octubre del mismo año, el juez de distrito lo revocó debido a que no se pudo corroborar que el domicilio que proporcionó Ricardo Alexis fuera en el que en realidad vivía.

Finalmente dijo que en la sentencia se determinó imponerle una pena correspondiente a un año de prisión y una multa equivalente a mil salarios mínimos, sin embargo estos alegatos no fueron valorados por el juez de control al considerar que no guardan relación con el delito de privación ilegal de la libertad que a él le compete.

Cabe recordar que este delito fue dado a conocer por el fiscal General del Estado, Víctor Carrancá Bourget, y fue usado para exhibir que Cabify contrató a Ricardo Alexis aun cuando estaba siendo investigado por un delito federal como lo es la posesión de hidrocarburo.

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Sin embargo, la empresa de transporte privado reviró el señalamiento detallando que fue la Fiscalía General del Estado quien le dio a Ricardo Alexis una carta de no antecedentes penales debido a que, la misma, solo se le niega a aquellos que ya han sido sentenciados por algún delito, situación que hasta ese momento no había ocurrido con él.

Ratifican vinculación a proceso y modifican medida cautelar

En lo que hace a la situación legal de Ricardo Alexis por el caso de Mara Castilla, el juez de control atendió durante dicha audiencia el fallo al amparo emitido por el juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal, en torno a la ilegalidad de la medida cautelar y a la vinculación a proceso por el delito de privación ilegal de la libertad.

Ante esta situación, el juez nuevamente analizó la medida cautelar y decidió cambiarla de prisión preventiva de carácter oficioso, a una medida también privativa de la libertad pero de carácter necesario.

En tanto que por lo que hace a la vinculación a proceso, el juez ratificó el fallo pero dejó fuera las evidencias obtenidas del rastreo satelital en tiempo real hecho a través del GPS de los celulares de Mara y Ricardo Alexis, al considerarlos ilegales.

Una vez cumplidos estos puntos del amparo, se dará parte al juez Quinto de Distrito a fin de que dé por válida la audiencia y por cumplido su resolutivo, para después reiniciar el proceso penal en contra de Ricardo Alexis, solo por lo que hace al delito de privación ilegal de la libertad.

Con información de E-Consulta

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