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Ley Seca para el día de las votaciones ¿Sí o no aplicarla?

  • E-consulta Veracruz
Alcaldes de varios municipios se han manifestado a favor de flexibilizar esta medida que sí está regulada por la ley en Veracruz

Xalapa, Ver. – El día de las elecciones y un día antes, las autoridades competentes de cada estado podrán establecer las medidas para limitar el horario de servicio en los lugares donde sirvan bebidas embriagantes, es decir, los institutos electorales de cada estado pueden solicitar a los gobiernos implementar la ley seca.

Ello de acuerdo con el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGPE).

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En la entidad, los presidentes de Boca del Río y Veracruz aceptaron la posibilidad de que se vendan bebidas alcohólicas dentro de establecimientos como restaurantes y hoteles, siempre y cuando también exista consumo den alimentos. Hipólito Rodríguez Herrero, alcalde de Xalapa, se dijo también a favor de flexibilizar esta medida.

A favor de la ley seca

Luis Sánchez Ávila, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana, con sede en Xalapa, consideró que es necesario aplicar la “Ley Seca” el día de las votaciones; sin embargo, opinó que prohibir la venta de bebidas alcohólicas desde el viernes es una medida excesiva.

Aseguró que la medida es factible para conservar el orden, debido a que “en una elección uno nunca sabe lo que puede pasar”.

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En contra de la ley seca

El delegado de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC), David Castañeda, opinó que la llamada “ley seca”, es una práctica anacrónica que no beneficia, pero perjudica a restauranteros, ya que registran una disminución de hasta el 30 por ciento de sus comensales.

 Mencionó que ello se debe a que los clientes prefieren quedarse en casa con tal de acompañar su comida con una cerveza, por ello sugirió que la implementación de dicha medida debería reducirse a las primeras horas del día de las elecciones y concluir el mismo día a las 11:45.

Además, indicó que los restaurantes tienen como norma no servir más de cuatro cervezas por cliente.

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En Veracruz, la regulación de bebidas embriagantes se fundamentan en los artículos 226 y 227 del Código Electoral para el Estado Libre y Soberano del Veracruz de Ignacio de la Llave, en ellos se establece que el día de la elección y el anterior permanecerán cerrados todos los establecimientos cuyo giro principal sea la venta de bebidas embriagantes, ya que se prohíbe a todos los establecimientos públicos la venta de estas bebidas en dicho plazo.