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Congreso aprueba crear Fiscalía Especializada Anticorrupción

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Con el voto de la mayoría de los legisladores locales, se determinó que el Fiscal podrá ser removido por el Congreso local.

Xalapa, Ver.- La modificación a 14 artículos de la Constitución Política del Estado permitirá la creación del sistema Estatal Anticorrupción, se ajusta a los tiempos de la fiscalización en el Estado y se dan más atribuciones al Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) que podrán revisar el manejo financiero del ejercicio fiscal en curso y se valida la desaparición del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Para sacar adelante el dictamen que se validó este jueves por unanimidad, se fusionaron las dos propuestas que estaban en comisiones, la primera la remitió el gobernador del Estado y la otra la presentaron de manera coordinada las diferentes fracciones parlamentarias.

Según la definición de la ley “el Sistema Estatal Anticorrupción será la instancia de coordinación entre las autoridades estatales y municipales competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos y mantendrá una adecuada coordinación con el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción”.

El sistema contará con un Comité Coordinador, que estará integrado por los titulares del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz; de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; y de la Contraloría General; por el Presidente del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; el Presidente del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; un representante del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.

Además se integrará un Comité de Participación Ciudadana en el que se nombrará a cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

Podrán ser sancionados representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial del Estado, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso del Estado o en la Administración Pública Estatal o Municipal, Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal, Fideicomisos Públicos, Sociedades y Asociaciones asimiladas a éstos; Fideicomisos.

Así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

Se aprueba más burocracia

Los legisladores locales determinaron la necesidad de crear un Tribunal de Justicia Administrativa, que será un órgano autónomo que contará con 4 magistrados que serán nombrados por un periodo de 10 años.

Para que se dé su nombramiento el gobernador tendrán que presentar las propuestas que tendrán que ser validadas por las dos terceras partes del Congreso local.

No podrán ser magistrados del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa las personas que hayan ocupado el cargo del Secretario del Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado, Senador, Diputado Local o Federal ni Presidente Municipal, durante el año previo al día de su nombramiento.

El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control que ejercerá sus funciones en coordinación con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado, cuyo titular será nombrado por el Congreso del Estado, con la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Además se creará una Fiscalía Especializada Anticorrupción, dependiente de la Fiscalía General, se tendrá que nombrar a un titular que permanecerá en el cargo al menos 5 años y podrá ser removido tanto por el titular de La FGE como por la Cámara.

Para su nombramiento se emitirá una convocatoria pública que emita el Congreso del estado y una vez realizado el procedimiento correspondiente será elegido por las dos terceras partes de los diputados del Congreso presentes y será el Poder Legislativo el que lo remueva de acuerdo con el procedimiento legal establecido.

Orfis tiene nuevas atribuciones

De acuerdo a las modificaciones de la Constitución el Organo de Fiscalización Superior ya podrá auditar el manejo financiero en el ejercicio fiscal en curso y se determinó establecer el 30 de abril como fecha para la entrega de las cuentas públicas, que se revisarán en un plazo cinco meses y deberán ser aprobadas el último día del mes de octubre.

Se da la posibilidad al ejecutivo del estado a prorrogar 30 días la cuenta pública, mediante solicitud expresa y con autorización del Congreso, pudiendo, en su caso, comparecer el Secretario de Despacho correspondiente.

Se estableció que el Orfis podrá presentar denuncia penal cuando encuentre discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, y cuando no se logren los objetivos de los programas de gobierno sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño.

El Orfis podrá iniciar el procedimiento de fiscalización a partir del primer día hábil del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de que las observaciones o recomendaciones que, en su caso, realice se refieran a la información definitiva presentada en las Cuentas Públicas.

Por lo que corresponde a los trabajos de planeación de las auditorías, el Órgano de Fiscalización Superior podrá solicitar información del ejercicio en curso, respecto de procesos concluidos y los informes de auditoría que emita tendrán carácter público.

El ente fiscalizador podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de las Cuentas Públicas en revisión, sin que por este motivo se entienda, para todos los efectos legales, abiertas nuevamente las cuentas públicas del ejercicio al que pertenece la información solicitada.

El Órgano de Fiscalización deberá entregar al Congreso, los primeros cinco días de marzo y septiembre de cada año, un informe de seguimiento sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, correspondientes a cada uno de los informes individuales de auditoría que haya presentado.

Desaparece el TECA

En los artículos transitorios se confirma la desaparición del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, luego de que será transformado a un Tribunal de Justicia Administrativa, por lo que los Magistrados pasaran a formar parte del Poder Judicial del Estado exclusivamente por el tiempo que hayan sido nombrados.

Los recursos humanos, materiales, financieros y presupuestales con que cuenta el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado, incluyendo todos los bienes y los derechos derivados de fondos o fideicomisos vigentes, quedarán a disposición del Consejo de la Judicatura del Estado.

Los integrantes de la LXIV legislatura tendrá 90 días para poder adecuar las leyes secundarias y cobre vigencia la reforma constitucional.

A partir de esa fecha se contará con dos meses para nombrar a los responsables de los órganos internos de control de todas las dependencias y órganos autónomos que serán el enlace con el Orfis.

Avc

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