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Bermúdez podría recibir sentencia de 10 años de prisión según el Código Penal

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Se impondrán de 3 a 10 años de prisión y multa hasta de 600 días de salario a quien incurra en enriquecimiento ilícito.

Xalapa, Ver.- El ex secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, podría alcanzar una pena de tres a diez años de prisión por incurrir en el delito de enriquecimiento ilícito, a su paso por la dependencia.

El Código Penal, en el capítulo 10, define el delito de Enriquecimiento Ilícito, y se establece -en su artículo 328- que se impondrán de tres a diez años de prisión y multa hasta de seiscientos días de salario a quien, en ejercicio de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, incurra en el mismo.

Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no justifica como legítimo el desproporcionado aumento de su patrimonio o de aquellos bienes de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la ley en materia de responsabilidades de los servidores públicos del Estado.

Se aplicará la misma sanción a quien haga figurar como suyos bienes que el servidor público adquiera o haya adquirido en contravención de lo dispuesto en la misma ley.

Además de las sanciones establecidas, se decomisarán en beneficio del Estado aquellos bienes cuya procedencia no logre justificarse de acuerdo con la ley en materia de responsabilidades de los servidores públicos del Estado.

El mismo ordenamiento establece en su artículo 49 que cuando la prisión no exceda de cinco años, el juez podrá suspender su ejecución en los términos que establece este Código.

Cuando el delito no es considerado grave, los indiciados puedan seguir el proceso en libertad.

Avc

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