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Ordenan levantar alerta migratoria contra suegros de Duarte

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Los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito ordenaron que los nombres o sean incluidos en la lista de control migratorio.

Veracruz, Ver- Los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito con residencia en Coatzacoalcos ordenaron levantar la orden de alerta migratoria que se giró en contra de Jesús Antonio Macías Yazegey y María Virginia Yazmín Tubilla Letayf, papás de Karime Macías y suegros de Javier Duarte de Ochoa.

Al resolver una queja interpuesta por los progenitores de la ex presidenta del DIF estatal, los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito declararon fundado el recurso y revocaron una resolución del Juez Noveno de Distrito en el cual se les negó la suspensión provisional en las demandas de amparo 1167/2016 y 1168/2016, interpuestas por Jesús Antonio Macías Yazegey y María Virginia Yazmín Tubilla Letayf, respectivamente.

En ese sentido, se ordenó que los nombres de los suegros de Javier Duarte de Ochoa no se incluyan en la lista de control migratorio para que no se les impida salir libremente del país.

En el caso de Macías Yazegey, los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito resolvieron: “Se concede la suspensión provisional a Jesús Antonio Macías Yazegey, para el efecto de que no se ejecute la orden de alerta migratoria, esto es, el nombre del quejoso no sea incluido en la lista de control migratorio, que en un momento dado, le impida salir libremente del territorio nacional, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva en el incidente respectivo”.

Los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito resolvieron en el mismo sentido el recurso de queja interpuesto por María Virginia Yazmín Tubilla Letayf “toda vez que no se advierte la existencia de un tercero interesado que pudiera resentir un daño o perjuicio con la concesión de la medida suspensional”.

Los magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito precisaron que la medida que se otorgó a los suegros de Javier Duarte de Ochoa “dejará de surtir efectos si el acto reclamado proviene de una actuación contenida en una investigación ministerial o haya sido autorizada por una autoridad judicial; si existe como medida precautoria o medida cautelar decretada por autoridad judicial; y si incumple con los requisitos exigidos por las autoridades migratorias indispensables para salir del territorio nacional”.

Cabe recordar que el matrimonio Macías Tubilla abandonó su residencia de la colonia Petrolera de la ciudad de Coatzacoalcos a mediados de noviembre pasado para irse a radicar al estado de Chiapas como consecuencia del supuesto hostigamiento policial de que eran objeto. 

Avc

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