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Solo Derechos Humanos puede promover recurso contra reforma antiaborto

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Comisiones estatal o nacional tienen 30 días para promover la acción de inconstitucionalidad puesto que las ONG’s no están facultadas

Xalapa, Ver.- Será competencia de la Comisión Estatal o la Comisión Nacional de Derechos Humanos promover una acción de inconstitucionalidad por la promulgación de la reforma al artículo 4 de la Constitución, que defiende la vida desde el momento de la concepción.

La presidenta de la Comisión de Equidad, Género y Familia del Congreso local, Mónica Robles, reconoció que ya se ha dado un acercamiento con la titular de la CEDH, Namiko Matzumoto, para revisar qué mecanismo legal se pueda implementar para echar abajo la reforma a la carta magna.

Refirió que se tiene un plazo de 30 días para poder tomar acciones legales y aclaró que los organismos no gubernamentales o asociaciones civiles no están facultadas para presentar la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Dijo que si bien el propio Congreso puede actuar, difícilmente se podrán obtener las 17 firmas, de igual número de diputados, para revertir lo aprobado por la mayoría, por lo que serán los órganos defensores de los derechos humanos los únicos que podrán proceder.

“Ha habido un acercamiento con la comisionada estatal de derechos humanos, se está analizando la viabilidad, antes de presentar una acción se tiene que ver si es factible, si hay argumentos sólidos que no la puedan echar abajo y la composición de la corte no es garantía (de que proceda)”.

En ese sentido, explicó, que el trabajo de las promotoras de los derechos de las mujeres es ser vigilantes que el Estado cumpla con su obligación de garantizar la salud y los servicios médicos para mujeres embarazadas lo mismo que al producto, y que se promuevan acciones para la prevención del embarazo. 

Avc