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Municipios podrán usar todos sus recursos para contratar créditos

Javier Duarte de Ochoa, envío hoy una iniciativa al Congreso del Estado para reformar el Código Hacendario Municipal para el Estado.

Xalapa, Ver. Un total de 11 ayuntamientos podrán hacer uso de todos sus ingresos municipales y federales para acceder a créditos y pagar su deuda, cuando antes solo podían comprometer el 30 por ciento.

El gobernador del Estado, Javier Duarte de Ochoa, envío hoy una iniciativa al Congreso del Estado para reformar el Código Hacendario Municipal para el Estado y los Códigos Hacendarios de los municipios de Alvarado, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Medellín, Orizaba, Tierra Blanca y Veracruz.

De esta manera, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Orizaba, Tierra Blanca y Veracruz podrán comprometer la totalidad de sus ingresos municipales y participaciones federales, cuando no se afecten los programas de gasto corriente ni de inversión prioritaria.

Por su parte, Alvarado y Medellín podrán otorgar como fuente de pago o garantía cualquier bien, derecho o ingreso que se encuentre dentro del patrimonio de quien contrate operaciones de financiamiento, directas o contingentes, si conforme a la Ley no existen impedimentos para tales efectos, cuando antes solo podían ponerlos en garantía.

Igualmente estos dos municipios podrán comprometer los ingresos municipales y participaciones federales, cuando no se afecten los programas de gasto corriente ni de inversión prioritaria y podrán otorgar en garantía ingresos hacendarios presentes y futuros, solamente durante el tiempo que dure su administración, salvo que el Congreso les autorice lo contrario.

En su exposición de motivos, el mandatario recuerda que el Código Hacendario Municipal para el Estado y los Códigos Hacendarios de estos municipios, establecen la autorización a los Ayuntamientos para comprometer en garantía hasta un porcentaje (generalmente del 30 por ciento) de los ingresos municipales y de las participaciones federales, por lo que ahora podrán comprometer todos para la adquisición de créditos.

Esto siempre que no se afecten los programas de gasto corriente ni de inversión prioritaria, debiendo contar con previa autorización expresa del Congreso local.

“La garantía de pago deberá inscribirse en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; asimismo, se deberá solicitar a la Secretaría de Finanzas y Planeación, realizar los pagos de las amortizaciones de operaciones de endeudamiento convenidas, descontando dichos montos de las participaciones que en ingresos federales le correspondan”, expone Duarte de Ochoa.

El gobernador destacó que a consecuencia de lo anterior, la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas y Municipios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, acatando lo establecido en los diversos Códigos Hacendarios Municipales señalados, no está llevando a cabo el registro de los contratos de crédito de aquellos Municipios que rebasen el porcentaje de los ingresos en garantía señalados en dichos códigos.

Sin embargo, señala que en la propia Ley de Coordinación Fiscal, que es la que regula las participaciones que corresponden a las Entidades y Municipios, se establece que las correspondientes al Fondo General de Participaciones, al Fondo de Fomento Municipal y a los recursos a que se refiere el artículo 4-A fracción I de la ley mencionada ser afectadas para el pago de obligaciones contraídas por las Entidades o Municipios, siempre que cuenten con la autorización de las legislaturas locales y que no superen los límites establecidos en el multicitado ordenamiento.

De esta manera posteriormente deberán ser inscritas a petición de dichas Entidades, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios, a favor de la Federación, de las Instituciones de Crédito que operen en territorio nacional, así como de las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.

“Que por otro lado, es de señalarse que el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios, tiene como finalidad que los Municipios cuenten con un respaldo legal que garantice el correcto cumplimiento de las obligaciones, sin embargo, los Municipios que sobrepasen el límite establecido en el artículo 422 del Código Hacendarlo Municipal para el Estado de Veracruz y sus correlativos en los demás municipios mencionados, no podrán ser inscritos en dicho registro, lo cual generará una vulnerabilidad en las finanzas públicas de los Municipios implicados”, alertó.