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Fiscalía reconoce 109 feminicidios los dos últimos años
Xalapa, Ver.- El titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Luis Ángel Bravo Contreras, reconoció que de 2014 a 2015 se han tipificado como tales apenas 109 feminicidios, y de esta cifra faltan por resolverse 71 casos.
En conferencia de prensa precisó que en la mayoría de los casos no se ha sentenciado a los culpables porque ni siquiera han podido cumplimentar órdenes de aprehensión pendientes.
“El esclarecimiento abarcó desde la identificación plena del probable responsable o imputado, el cual permitió la determinación del ejercicio de la acción penal en su contra, la obtención y ejecución de las órdenes de aprehensión en su caso, la consecución del auto de formal prisión y en algunos casos hasta las sentencias”.
Por año, el fiscal dijo que en 2014 se esclarecieron apenas 16 casos con 17 condenas, y 6 autos de formal prisión.
En 2015, se registraron 22 casos. En estos, se han detenido a 27 personas, con 13 sentencias condenatorias y 12 autos de formal prisión.
Las condenas, dijo, tienen un promedio de 48 años con 6 meses de prisión. Este año además, indicó que se logró imponer una sentencia de 71 años por el delito del feminicidio.
Al ser cuestionado sobre las cifras disímiles que se han dado a conocer por parte de colectivos de la sociedad civil en torno al tema, reconoció que se debe a la forma en que está aglutinada la información, pues ésta no cumple con los requisitos legales que ahora se marcan en la ley.
El fiscal consideró que existe confusión entre la tipificación del feminicidio y los homicidios dolosos en contra de mujeres. Por lo que dijo que para que se pueda tipificar como un feminicidio primero tiene que haber existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad.
Además, que exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad; así como que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
A la víctima se le deben de haber infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, o éste sea mutilado.
Que hayan existido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; o que la víctima haya sido incomunicada, de ahí que implica penas de cuarenta a setenta años de prisión.
En general, indicó que para considerarse un feminicidio se deben agotar 19 dictámenes periciales especializados.
Avc