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SCJN invalida 41 artículos del Código Electoral de Veracruz
Xalapa, Ver.- Al concluir la revisión de los cuatro recursos de inconstitucionalidad contra el Código Electoral de Veracruz, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron invalidar al menos 41, de los cuales tres son transitorios.
Desde el pasado viernes y hasta este martes se concluyó el análisis de las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron las dirigencias del PAN, PRD; MC y Morena, contra la ley electoral por violar lo establecido en la Constitución.
En el caso del Tribunal Electoral y sus instalaciones, determinaron que el Congreso, así como el Gobierno del Estado, tienen un plazo de 30 días para determinar qué va a pasar con las instalaciones del órgano jurisdiccional.
Se aprobaron cambios en los artículos 108 y 114, con lo que se echó abajo que establecían que el Secretario Ejecutivo permanecería en el cargo seis años y sería nombrado por dos terceras partes de los integrantes del Congreso, con posibilidad de ser ratificado en el cargo por otros seis años más.
La SCJN declaró inconstitucional las facultades que se le otorgaban al Secretario Ejecutivo para nombrar enlaces administrativos de los Consejos Distritales, facultad que sólo corresponde a los Consejeros Electorales del OPLE.
También se determinó que el OPLE resolvió en contra de la regulación al padrón y listas nominales de electores, esto por contravenir a una competencia que le corresponde exclusivamente al Instituto Nacional Electoral (INE).
Asimismo se revirtió la regulación del servicio profesional nacional electoral por invadir competencias del instituto y los cuales se aprobaron en la reciente Reforma Político Electoral.
Se eliminaron las restricciones que prohíben a los aspirantes por la vía independiente a contratar medios de información que no sean radio y TV. Se eliminó el requisito para ser candidato a puesto de elección popular el referido a la buena fama pública.
La Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo que señalaba que los magistrados y el personal que labora en el Tribunal Electoral local, pertenece al poder judicial del Estado al igual que los muebles e inmuebles.
Avc