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Agencia Segunda del MP en Boca del Río incumple con Norma Oficial

  • Juan Eduardo Flores Mateos
Omitió pasos que se deben seguir tras la denuncia de un ataque sexual, denunciaron la Red Ciudadana por la Igualdad de Género y el IMM.

Boca del Río, Ver.- La Red Ciudadana por la Igualdad de Género y el Instituto Municipal de la Mujer de este municipio denunciaron públicamente a la Agencia Segunda del Ministerio Público, especializada en Delitos contra la Libertad, Seguridad Sexual y la Familia por incumplir con la Norma Oficial Mexicana 046.

La norma 046 marca que cuando una mujer es violada sexualmente, el Ministerio Público debe otorgarles a las mujeres que interponen una denuncia por violación sexual la píldora del día siguiente y cargos antivirales al momento, para evitar se contagien de VIH, lo que el MP no hizo.
 
"La semana pasada (jueves) tuvimos un caso de una mujer agredida sexualmente que fue a la Agencia segunda la que está ubicada en Echeven y Allende, y al llegar pues le toman la denuncia, la acompaña un abogado del instituto y yo personalmente, (la agraviada) estaba muy afectada y damos por entendido que la agencia sabe lo que tiene que hacer, y al otro día le preguntamos (a ella) si recibió la pastilla del día siguiente y los virales y nos dice que no", explicó María Josefina Gamboa Torales, directora del instituto.
 
En ese sentido auntó que esta muchacha tuvo que esperar 26 horas -cuando es crucial se proporcione durante las primeras ocho- para recibir la atención inmediata que indica la norma.
 
"La canalizamos al Capasits de manera urgente y en tres horas no la atendieron por lo que tuve que enviarle un tweet al secretario Juan Antonio Nemi Dib para que fuera tratada de inmediato", puntualizó Gamboa Torales.
 
Los servidores públicos de esta agencia, explicó, deberían ser juzgados con base en el artículo 319 del Código Penal del Estado de Veracruz y por el Artículo 225 que habla de los delitos cometidos por los servidores públicos.
 
"Hay también una responsabilidad penal por parte del Procurador de Justicia, según el código penal del Estado de Veracruz; el cumplimiento del deber en el artículo 319 se impone de 1 a 8 años de prisión y 200 salarios al servidor público que deje de cumplir con los deberes inherentes de su empleo, cargo o comisión en perjuicio de los derechos de un tercero", aseveró.
 
Por su parte, Norma Alicia Riego Azuara presidenta de enfermería del Estado de Veracruz que habló representando a la Red Ciudadana, se pronunció a favor de que se cumpla dicha norma porque si eso pasa cuando se les acompaña con un organismo público ¿qué no pasará con todas aquellas mujeres que asisten sin asesoría?
 
Además enfatizó que el 40 por ciento de las mujeres en la zona conurbada enfrentan algún tipo de violencia en el hogar, en las que se puede incluir la violación por parte del propio marido que llega borracho y somete a la esposa para tener relaciones sexuales, y que el 70 por ciento enfrenta violencia en el noviazgo.