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Cofepris autoriza que 4 ciudadanos consuman marihuana lúdica

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La vigencia de la autorización se emitió por tiempo indeterminado, conforme a lo dispuesto en el artículo 370 de la Ley General de Salud.

Luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emplazara a la Cofepris a que en un plazo de 10 días cumpliera con la sentencia de la Corte que amparó a 4 ciudadanos para que siembren, cultiven y consuman marihuana con fines lúdicos, la dependencia expidió los 4 permisos correspondientes.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios precisó que las autorizaciones que emitió son en estricto apego a la sentencia de la Corte y dentro del período otorgado por el juez 11 de Distrito en materia administrativa.

El 4 noviembre, la Corte declaró inconstitucional la prohibición total para uso personal de marihuana y concedió un amparo a las 4 personas que forman parte del colectivo SMART.

De acuerdo con el fallo de la Corte, los cuatro ciudadanos amparados podrán sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar marihuana, exclusivamente con fines de autoconsumo.

La Cofepris indicó  que en ningún caso, las autorizaciones comprenden la realización de actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de marihuana.

“Se establece que el consumo de marihuana no debe perjudicar a terceros y, en consecuencia, dicho consumo no puede efectuarse en presencia de menores de edad, mujeres embarazadas y, en general, en lugar públicos, donde se encuentren terceros que no hayan brindado su autorización”.

“La vigencia de la autorización se emitió por tiempo indeterminado, conforme a lo dispuesto en el artículo 370 de la Ley General de Salud”, dijo.