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Ya es vigente reforma que permite remover a la fiscal de Veracruz

  • Alba Alemán
Este viernes 5 de septiembre entró en vigor la reforma que permite a Rocío Nahle remover a la fiscal de Veracruz, Verónica Hernández.

Xalapa, Ver.— A partir de este viernes 5 de diciembre quedaron oficialmente vigentes las modificaciones a la Constitución Política de Veracruz que transforman por completo el mecanismo de nombramiento y remoción de quien encabece la Fiscalía General del Estado (FGE).

La reforma fue publicada este mismo día en la Gaceta Oficial del Estado, lo que activa un nuevo modelo en el que la gobernadora Rocío Nahle y el Congreso del Estado tendrán participación directa tanto en la designación como en la eventual separación del cargo de la o el fiscal general.

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Entre los cambios más relevantes se encuentra que el periodo de la titularidad de la fiscalía de Veracruz se reduce de nueve a cuatro años, con la posibilidad de una ratificación por cuatro años más. 

Asimismo, se establece que la persona titular del Poder Ejecutivo podrá remover por causas graves a quien ocupe el cargo, facultad que podrá ser objetada por el Congreso; si la legislatura no se pronuncia, la remoción se considerará válida.

La entrada en vigor ocurre apenas un día después de que la fiscal general Verónica Hernández Giadáns sostuvo una reunión con la gobernadora Nahle para entregarle el informe anual de actividades de este 2025. 

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Aunque la propuesta de reforma fue presentada en noviembre de 2024, el proceso legislativo para darle eficacia constitucional avanzó con rapidez y se concretó en un lapso de dos semanas.

Ajustes obligatorios en los próximos 120 días

Con el nuevo marco constitucional, el Congreso del Estado tiene ahora un plazo de 120 días naturales para realizar las adecuaciones correspondientes a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, a fin de armonizarla con las recientes reformas.

El nuevo mecanismo

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Las disposiciones que ya están en vigor establecen que la gobernadora o gobernador enviará al Congreso la propuesta de titular de la fiscalía. Posteriormente, las y los diputados deberán resolver en un plazo improrrogable de cinco días hábiles, aprobando con el voto de las dos terceras partes de las y los presentes.

Si el Congreso no emite resolución dentro del plazo, la propuesta se tendrá por aprobada de manera automática. Si la primera propuesta es rechazada, el Ejecutivo enviará una segunda, que deberá votarse en los dos días hábiles siguientes. 

Si tampoco hay pronunciamiento o es rechazada, el Ejecutivo podrá designar directamente a la persona titular de la fiscalía entre los dos perfiles previamente enviados.