Contrato de apertura de crédito simple renovable
- Teresa Carbajal
El pasado miércoles 5 de marzo viví en el puerto de Veracruz, una de las más gratificantes experiencias que me ha dado la lucha social del Barzón; por el desarrollo del caso, y en esta ocasión, gracias al adecuado funcionamiento de una institución que con imparcialidad y apego a la norma actuó a favor del usuario de servicios financieros.
Le pongo en contexto; una Profesora de educación primaria, jubilada, recurrió a una financiera (una Sofom, de las que tanto les he contado), para obtener un préstamo por cincuenta mil pesos.
Después de cumplido cierto periodo de pago la financiera le ofreció a título de “promoción” por su buen historial, hacer el retiro de la suma de un mil quinientos pesos, que ya habían sido depositados a su cuenta; según dijeron, la “promoción”, sí se trataba de un préstamo de disposición inmediata, pero operado desde el mismo contrato abierto.
Como la forma de operar de la Sofom, es principalmente por aplicación, con un par de click’s, se solventaría el asunto. A pesar de la negativa de la Profesora, la persona del otro lado de la línea, le insistió con el argumento de que de todos modos ese dinero ya había sido abonado a su cuenta, por lo que considerando que era una suma ‘pagable’ la profesora aceptó el click.
La historia se repitió al mes por similar monto, y luego en dos ocasiones más; hasta que ese “premio” se convirtió en un problema. Pues en lugar de un solo descuento la Profesora recibía cuatro descuentos al mes, en forma domiciliada a su tarjeta bancaria.
Una vez que los descuentos se salieron de control, sin explicación alguna, acudió en una primera instancia a su banco para verificar el error, o en todo caso el motivo de esos cargos, -hasta la fecha- desconocidos.
La única razón que recibió, fue la razón social con el nombre de la Sofom como beneficiaria de los cargos, motivo por el cual entró en contacto con el personal de la financiera para buscar solución, solicitando en un primer momento la aclaración del porqué de esos cuatro cargos en lugar de uno. Pero solo silenció tuvo por respuesta, pues nunca hubo “personal autorizado” para brindar esa información y que todo debía verlo, por correo, o directo en la app.
Dos años después de la amarga experiencia, y de que le aplicaran la ley del más fuerte, (la de las Sofomes desde luego) recibió un mensaje de texto (sms) de un ejecutivo de la misma financiera para ofrecerle, un trato, si pagaba nueve mil y fracción, casi diez, finiquitaría el asunto.
El asunto se leía, como “cliente seleccionado para liquidar el crédito” seguido de los datos completos y correctos de identificación del contrato, y su nombre. Ante tal propuesta, vio por fin la salida a su pesadilla, hizo cuentas, juntó sus fuerzas y pagó el dinero pedido.
La estocada final que le dieron, fue, que en lugar de carta finiquito le llegó la visita de dos gestores de crédito que le dijeron, debía pagar 4 créditos pendientes; desconociendo el pago del finiquito realizado por ella, días antes.
Por lo que ya, colmada de abusos, pidió su estado de cuenta y una explicación del sobre endeudamiento que le habían generado, a lo que los visitantes respondieron, con desfachatez carecer de autorización para brindar información.
Así fue que el Barzón acompañó el caso, pidiendo la intervención de la Condusef de Veracruz; mediante la presentación de la queja formal agotando meticulosamente cada uno de los trámites, plazos y requerimientos, hasta llegar a la rendición del informe de ley, para que la financiera diera explicación de los abusos cometidos.
El día de la audiencia, la Sofom, nos presentó cuatro propuestas de pago de los diferentes créditos, que dijo se le contrataron por las sumas de 50 mil, 21 mil, 53 mil y 14 mil 500; pero sin exhibir el comprobante de disposición, es decir, la prueba de que la acreditada dispuso de esas sumas, escudando su omisión en “autorizaciones electrónicas” de los créditos. Y agregando, que cualquier duda, pues ahí estaban los correos para enviarlas. ¡Vaya descaro!
El mismo día el asunto fue turnado a la Dirección General de Verificación y Sanciones a Instituciones Financieras, para la imposición de senda multa por faltas a la Ley de Protección de Defensa del Usuario de Servicios Financieros.
¡Que emotivo momento viví con la Profesora!, pues contra la verdad, no hay pruebas.
Vaya desde este espacio un reconocimiento a la Condusef de Veracruz, y a todo el equipo que dirige la Licenciada Sharon Albornoz.
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