Incumplimiento de pago a pensionados viola derechos humanos

  • Hilario Barcelata Chávez

 

La represión a los pensionados y jubilados del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz inició a partir del momento en que se les retrasó el primer pago. En ese momento empezaron a violarse de manera brutal sus derechos al privárseles del derecho establecido en el artículo 22º de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” que señala que: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social” y en el artículo 25º que señala que: “Toda persona tiene derecho a (…) los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

De igual modo la acumulación de pagos vencidos por más de dos años viola sistemáticamente su derecho al bienestar establecido en el mismo artículo 25º que señala que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Esta violación deriva del hecho de que los pensionados y jubilados son personas en evidente desventaja económica y física, que debido a su edad no pueden desarrollar una actividad laboral que les permita ingresos adicionales, por lo que la falta de pago de su pensión los conduce a la inmediata pobreza.

Este derecho se encuentra tutelado por el Estado mexicano, por lo que su violación también convierte las acciones del gobierno de Veracruz en un acto de inconstitucionalidad y a los funcionarios que la propician los coloca en el supuesto legal de juicio político.

La Constitución de México establece en su Artículo 1º que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por ella y en los tratados internacionales (como la mencionada Declaración) de los que el Estado Mexicano sea parte. Ahí mismo se señala que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y que en consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Adicionalmente hay que considerar que el incumplimiento del pago de las pensiones en que incurre el gobierno de Veracruz reduce los recursos con los cuales los pensionados y jubilados pueden satisfacer sus necesidades básicas, por lo que por esta vía el gobierno del estado se encuentra violando sistemáticamente los derechos humanos establecidos en la constitución federal referidos primordialmente al derecho a la alimentación, a la protección de la salud, a la vivienda digna y decorosa (párrafos tercero, cuarto y séptimo del artículo 4º).

Asimismo la acción de incumplimiento de pago viola lo establecido en la constitución del estado de Veracruz que en su artículo cuarto 4º, párrafo octavo, señala la vigencia de estos derechos a nivel estatal y la obligatoriedad de las autoridades estatales de proteger su preservación. El mismo artículo señala que la violación de esos derechos implicará la sanción correspondiente y, en su caso, la reparación del daño, en términos de ley.

Ya que los pensionados afectados se están demandando al gobierno de Veracruz por violación a los derechos humanos señalada aquí, podrían suceder dos cosas:

Una es que  constitucionalmente el gobierno del estado estará obligado a reparar el daño causado, lo cual en términos financieros puede significar por lo menos, el pago de los rendimientos financieros del dinero no recibido durante a tiempo, lo cual puede representar muchos millones de pesos. Por ejemplo

  1. el pago del retroactivo por nivelación salarial autorizada desde enero de 2015 que representa aproximadamente 300 millones de pesos (mdp) para los más de 28 mil jubilados, misma que el gobierno se comprometió a pagar antes del 31 de diciembre;
  2. 77 millones de pesos que se adeudaban de la pensión correspondiente al mes de noviembre para 4 mil 700 pensionados de la burocracia estatal y de trabajadores de la educación;
  3. 975 millones de pesos correspondientes al aguinaldo de los más de 28 mil trabajadores pensionados, que se pagó hasta el 24 de diciembre, lo cual significa un retraso, de al menos cuatro días, en el pago de más de 800 millones;
  4. los retrasos en los pagos mensuales de las pensiones los cuales son recibidos por los pensionados, de manera constante, con un retraso de hasta diez días, lo cual significa demoras en el pago de más de 400 mdp mensuales.
  5. los pagos pendientes de varios meses a maestros recién jubilados, que su primera mensualidad como pensionado la reciben hasta cinco meses después de autorizado su retiro.

Es decir, los pensionados tendrían derecho a cobrar intereses correspondientes al período de retraso del pago y en correspondencia a los montos no entregados a tiempo.

La otra cosa que puede suceder derivada de la demanda contra el gobierno estatal es que los funcionarios responsables del atraso en los pagos deberán ser sancionados conforme a las leyes federales y estatales. Es decir, deberán recibir castigo por estos ilícitos, por lo menos, el gobernador del estado Javier Duarte, el Secretario de Finanzas y Planeación Antonio Gómez Pelegrín, el director del IPE Armando Adriano Fabre y otros funcionarios de segundo nivel involucrados en el asunto y quizás hasta algunos de los miembros del Consejo Técnico del IPE.

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