Veracruz reprobó en la armonización de la reforma educativa

Redacción / XEU
Veracruz reprobó en la armonización de leyes estatales en el marco de la reforma educativa porque incurrió en omisiones graves y contradicciones a la Ley General, lo que podría derivar en una controversia constitucional, informó la Asociación Mexicanos Primero, presidida por Claudio X González.

En un informe presentado en el portal www.ojociudadano.org, se detalla que las leyes estatales son omisas en los artículos que restringen a los maestros aviadores y esquemas de evaluación, además de que no hay claridad sobre la creación del Instituto Veracruzano para el Desarrollo Profesional y la Evaluación Educativa.

La asociación Mexicanos Primero dijo que Veracruz va en contra de la constitución y de las leyes generales, por lo que es urgente que el Congreso local haga correcciones “mayúsculas”, o de lo contrario se pedirá a la Federación que establezca un procedimiento de controversia constitucional.

La fecha límite para corregir la Ley o presentar la controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es este 23 de abril, según informó X González en entrevista a un noticiero nacional. En el portal se detalla que en el decreto publicado el 5 de marzo por Veracruz, se tuvo omisiones en varios artículos como el que limita a los maestros aviadores, determina las evaluaciones a docentes, y la autonomía de la gestión en las escuelas.

En un cuadro comparativo sobre los artículos de la Ley General y su adecuación en Veracruz, se revela que el artículo 24 es contrario a la Ley General del Servicio Profesional Docente.

“En Veracruz, en el artículo 60 se señala que las plazas de Educación Básica, se le dará preferencia a normalistas egresados del sistema educativo veracruzano, cuando la Ley General detalla que no debe haber preferencia y las plazas serán en convocatoria abierta”, señala.

En el caso de los maestros comisionados, las Leyes de Veracruz omiten este artículo que señala que los docentes que acepten un cargo de comisión deberán separase del servicio sin goce de sueldo.

También se omite al artículo 52, donde las autoridades educativas y los organismos descentralizados deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado.

Otro artículo que se contraviene es el artículo 53, donde señala que el personal que no alcance el resultado suficiente en la tercera evaluación no será separado de su función, solo será resabscrito en otras tareas del servicio, aun cuando la Ley General ordena la separación.

“En contra de lo que dispone el artículo 53, los de nuevo ingreso sí debieran ser separados. Los que no se separan son los que cuentan con plaza definitiva antes de la reforma, pero la Ley de Veracruz no hace distinción y establece que a ninguno se le separa”. Además, en el tema del respeto a los lineamientos del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, no queda claro que los nuevos lineamientos del Instituto Veracruzano deben respetar los lineamientos del INEE.

También se omite la autonomía de gestión de la escuelas, que se señala en el artículo 28, donde se indica que las autoridades educativas federal, locales y municipales, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

Según el informe, la Ley de Veracruz tampoco es explícita en el artículo que señala que si un maestro falta tres días, será dado de baja.

Además comete omisión –al no poner el artículo-, del programa de regularización que señala que dentro de los 18 meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, deberán implementar un programa integral que organice y estructure debidamente las funciones y la adscripción del Personal con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica en servicio.

Fuente: AVC/doh/Foto: Archivo