Inconstitucional, la Ley del IPE

  • Aurelio Contreras Moreno

A quienes creían que ya nada se podía hacer con la nueva Ley de Pensiones del Estado aprobada por la LXIII Legislatura y publicada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa en la Gaceta Oficial el pasado 21 de julio, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) les tiene una sorpresa.

El organismo presentó la semana pasada, el 20 de agosto, una demanda de acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 16, 19, 32 y 59 de la recién “estrenada” ley, “por considerarlos incompatibles con el texto constitucional y tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano”.

De acuerdo con la CNDH, los artículos 16 y 19 de esa legislación “trasgreden el derecho a la igualdad y al principio de previsión social, pues establecen que las aportaciones que realicen los pensionados serán del 12 por ciento, lo cual es inconstitucional e inconvencional, en vista de que, previo a la jubilación, ya se les descontó su aportación, traduciéndose en una falta de igualdad y un trato inequitativo”.

No para ahí. La CNDH establece en su acción de inconstitucionalidad que el artículo 32  de la ley “resulta trasgresor de los derechos de previsión y seguridad social”, ya que éste dispone que para realizar trámites ante el Instituto se deberá estar al corriente del pago de cuotas y aportaciones, “de lo que se desprende que el servicio podrá ser suspendido en aquellos casos donde no se encuentren cubiertas las cuotas y/o aportaciones”, cuando la retención de las mismas le corresponde hacerla al patrón. En este sentido, puntualiza la CNDH, “el trabajador o sus familiares no tienen por qué resentir dentro de sus esferas, este incumplimiento”.

La CNDH también detectó una grave irregularidad en el artículo 59 de la Ley de Pensiones del Estado, que en el texto aprobado a la carrera por los diputados de la LXIII Legislatura del Estado de Veracruz, establece que “el trabajador que se retire del trabajo sin derecho a pensión, o sus familiares derechohabientes, podrán solicitar el monto total de las cuotas que realizó al Instituto, lo anterior sin considerar los intereses que generaron dichas cuotas”.

Sin embargo, en los artículos 24 y 105 se dicta que cuando no son pagadas las cuotas oportunamente, el IPE cobrará los intereses respectivos, lo que para la CNDH representa “una trasgresión al principio de equidad, consagrado en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que el Instituto tiene la facultad de cobrar los intereses cuando no se entreguen oportunamente las cuotas, pero el trabajador no podrá exigir aquellos generados por sus cuotas de aportación”.

Con base en lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos expuso que “estará atenta a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analice los argumentos vertidos en la presente acción de inconstitucionalidad y, en su oportunidad, declare la invalidez de dicho precepto”.

Se trata de un duro golpe a las falaces argumentaciones del Ejecutivo estatal y los diputados locales acerca de que se había legislado en materia de pensiones “sin afectar los derechos de los trabajadores”. La CNDH acusa que eso no es así, que al menos esos tres artículos no sólo son lesivos para quienes laboran y entregan su vida en el sector público y académico, sino que contravienen a la Constitución de la República.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá la última palabra. Y no  sería la primera vez que echara abajo una de las “sesudas leyes” que, por instrucción de sus patrones, aprueban sin leer los “dilectos” diputados locales veracruzanos.

Justicia para Guillermo Pozos

Desde este espacio me uno a la pena de la familia de Guillermo Pozos Rivera por su artero asesinato.

Lo conocí en el sexenio pasado, como funcionario de la Secretaría de Desarrollo Económico y fue siempre un servidor público atento, responsable, dispuesto a brindar con amabilidad información sobre su área cuando se le solicitaba, sin dobleces ni condiciones.

Su homicidio suma uno más en la lista de un estado a la deriva como Veracruz, donde nadie, absolutamente nadie, está a salvo de la inseguridad y la violencia. Por más que se empeñen en decir lo contrario los amanuenses del régimen.

Descanse en paz Guillermo Pozos Rivera. Que haya justicia para él y para los miles de veracruzanos que también la reclaman.

Twitter: @yeyocontreras

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Aurelio Contreras Moreno

Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP). Inició su carrera en el periodismo como reportero gráfico en el Diario “Cambio”, en 1995, en la ciudad de Puebla, siendo aún estudiante.

Fue Subdirector fundador de Diario “AZ Veracruz” y Subdirector de Información en Diario “AZ Xalapa”.

Entre 2005 y 2006 participa en el proyecto periodístico colectivo “Horas Extra”, el primer periódico gratuito que se publicó en el estado de Veracruz, y del cual fue uno de los fundadores e integrante del Consejo de Redacción.

De 2006 a 2014 fue Director Editorial de Grupo Líder, que edita la revista Líder en los estados de Veracruz y Puebla.

Actualmente es colaborador de la revista etcétera, del noticiario radiofónico “Infórmese” de  EXA FM en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, y autor de la columna “Rúbrica”, que se publica en diferentes medios de comunicación, impresos y digitales.